Locales

Este lunes los empleados de comercio tienen feriado

Por el día del empleado de comercio, pasa al lunes 25 de septiembre

Ante la proximidad del Día del Empleado de Comercio (26 de septiembre de cada año), necesitamos recordar y aclarar algunos puntos pertinentes:
1. Que a partir del año 2009 y por la sanción de la ley 25.641, ese día es FERIADO NACIONAL, a todos sus efectos para todos los empleados de comercio de nuestro país.
2. Este año, y como se ha hecho en otras ocasiones, se acordó trasladar dicho feriado al día LUNES 25 DE SEPTIEMBRE, en común acuerdo entre nuestra Federación (Faecys) y las cámaras empresariales.
3. Como todo feriado nacional, NO ES OBLIGATORIO para los empleados trabajar ese día. Tampoco podrán las empresas/comercios descontar del sueldo ese día, ni realizar apercibimientos o sanciones por no presentarse a trabajar.
4. Si el empleado decidiera trabajar, deberá percibir doble pago por las horas laboradas.
5. En la jornada del lunes 25 estaremos acompañando a Inspectores del Ministerio de Trabajo de la Nación, como así también Inspectores de la Dirección Provincial del Trabajo, a fin de controlar y efectuar relevamientos de las empresas/comercios que estén haciendo trabajar a sus dependientes, a fin de garantizar luego EL PAGO DOBLE DE LA JORNADA.
A título informativo compartimos el Acta de Acuerdo firmado por autoridades del MTEySS y de la DPT conjuntamente a nuestro Secretario General y sus pares del Interior.
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