Prohíben en España la lectura de iris que fue furor el fin de semana pasado en Buenos Aires
La empresa que paga para escanear el iris en todo el mundo ya fue prohibida en España. A cambio, la empresa ofrecen criptomonedas e incluso dinero a depositar en cuentas.
Durante el programa «Argentina en Vivo» de C5N describieron el fin de semana pasada que se generan colas debido a la cantidad de personas que se presentar para realizarse el estudio. Incluso, explicaron que, tras el escaneo de iris, te otorgan tres monedas de bonificación y luego 10 más.
Además, si una persona que se realizó el estudio invita a otra a hacérselo, te dan más monedas. Luego, las personas que quieran cambiar las criptomonedas podrán hacerlo transfiriéndolas a una billetera virtual o cuenta bancaria.
Lectura de iris: qué es Worldcoin
Cofundado por el CEO de OpenAI, Sam Altman, en 2019, Worldcoin tiene como objetivo crear un sistema de identidad global haciendo que las personas escaneen sus iris a cambio de criptomonedas gratuitas y una identificación digital.
La propuesta se basa en que la persona debe habilitar el acceso a su información personal (sus datos biométricos) y, a cambio, para poder acceder a la criptomoneda, debe bajarse la aplicación World App. Luego de habilitar el acceso al perfil propio y con algunas criptomonedas en la cuenta, el usuario tiene la opción de cambiarlo por bonos. Hasta diciembre del año pasado la firma ofrecía hasta una cantidad de criptomonedas que tenían el valor de 60 dólares. En enero la cifra se ubicaba alrededor de 22 dólares.
La prohibición de la lectura del iris en España
La empresa fue prohibida temporalmente el miércoles por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tras las quejas de información insuficiente, la recopilación de datos de menores y no permitir la retirada del consentimiento.
La AEPD dijo que el tratamiento de datos biométricos, que gozan de protección especial en virtud del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, «conlleva elevados riesgos para los derechos de las personas, atendiendo a la naturaleza sensible de los mismos».
Por ello, pidió a Worldcoin que dejara de recopilar información personal y dejara de utilizar los datos que ya había recogido.
El tribunal de España dijo en un comunicado que debe prevalecer la «salvaguarda del interés general», desestimando un recurso de los propietarios de Worldcoin que pedían que se levantara la prohibición mientras delibera.
La respuesta de Worldcoin sobre la prohibición del escaneo del iris
Worldcoin afirmó en un comunicado en su página web que el regulador español había eludido el «proceso y las normas aceptadas por la UE», sin dar más detalles. La empresa alegó que la decisión del regulador «le causaría un enorme perjuicio y un daño irreparable tanto en España como en todo el mundo», según el tribunal.
Worldcoin también argumentó que el tribunal no era competente y que la agencia de datos del estado alemán de Baviera, donde tiene su sede la empresa, debería ser la encargada de evaluar si la compañía cumple con la normativa de protección de datos. El lunes, un portavoz de Worldcoin dijo que la empresa cumplía plenamente todas las leyes y normativas que rigen la recopilación y transferencia de datos biométricos.
«Esperamos tener la oportunidad de demostrar este cumplimiento y proporcionar al regulador información precisa e importante sobre esta tecnología esencial y legal en la Audiencia Nacional española», añadió el portavoz.
Las personas que se inscribieron para la lectura del iris
Más de cuatro millones de personas de 120 países se inscribieron para que Worldcoin escanee su iris, según su página web, y en las estaciones de metro españolas se formaron colas de personas deseosas de inscribirse para probar la nueva herramienta en las últimas semanas.
Pero el proyecto tuvo críticas de defensores de la privacidad desde Argentina hasta Alemania por la recogida, almacenamiento y uso de datos personales.
La Audiencia Nacional de España dijo que, en caso de una eventual sentencia favorable que levantara la prohibición, la empresa sería compensada por cualquier pérdida de ingresos, rechazando así el argumento de «daño irreparable» alegado por el recurrente.