La Justicia rechazó el DNU que amplía las facultades de la SIDE
El Gobierno había presentado un habeas corpus, pero la Justicia desestimó el planteo por falta de amenaza concreta

El juez federal de Paraná, Daniel Alonso, rechazó un habeas corpus preventivo presentado contra el DNU 941/2025, la norma firmada por Javier Milei que redefine el funcionamiento del sistema de inteligencia y amplía las atribuciones de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE).
El planteo apuntaba a frenar posibles afectaciones a la libertad ambulatoria derivadas de las nuevas facultades otorgadas por decreto, pero el magistrado consideró que no existía una amenaza actual ni inminente que habilitara ese tipo de acción judicial.
La presentación había sido impulsada por los abogados radicales Rubén Alberto Pagliotto, Raymundo Arturo Kisser y Armando Rafael Aquino Britos, quienes cuestionaron el alcance del decreto dictado a fines de diciembre de 2025. En su resolución, Alonso sostuvo que «no se infiere ni siquiera de manera indiciaria la existencia de limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria, ni un atentado a la libertad decidido y en próxima vía de ejecución, ni vulneración de garantía constitucional alguna».
El juez también remarcó que del escrito presentado «no se advierte la existencia de los supuestos de procedencia del hábeas corpus preventivo». El decreto, firmado el 31 de diciembre, ya acumuló numerosos amparos en distintos juzgados del país, aunque hasta ahora ninguno había sido tratado durante la feria judicial de enero, período en el que la actividad de los tribunales se limita a casos urgentes.

Qué establece el DNU 941/2025
El decreto presidencial introduce cambios profundos en el sistema de inteligencia argentino, reforzando el rol de la SIDE y concentrando funciones estratégicas. En términos operativos, la norma le otorga mayor poder y la coloca como eje coordinador del conjunto de agencias de inteligencia.
El punto más controvertido es la habilitación para que agentes de inteligencia puedan detener o aprehender personas en el marco de sus actividades, incluso sin orden judicial previa en casos de flagrancia. Las críticas se centran en la posible afectación de derechos y garantías constitucionales, como la libertad ambulatoria y el debido proceso, al tratarse de personal que no integra las fuerzas de seguridad tradicionales y que actuaría sin control judicial inmediato.
El decreto también establece que todas las operaciones del sistema de inteligencia tendrán carácter encubierto, lo que, según especialistas y sectores opositores, dificulta el control externo y vuelve más opaco el ejercicio de esas facultades dentro del territorio nacional.
La SIDE pasa a ser el órgano rector del sistema, con capacidad de coordinar agencias como la Agencia Nacional de Contrainteligencia y la Agencia Federal de Ciberinteligencia, consolidando una fuerte centralización del poder bajo conducción política directa. Para los críticos, el DNU otorga facultades cuasi policiales por decreto, un terreno que históricamente quedó reservado a leyes sancionadas por el Congreso




